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Qué cambió con el DS 44 desde febrero de 2025

El nuevo reglamento sobre gestión preventiva en Chile, explicado sin el lenguaje legal.

5 de julio de 2026 · 8 min de lectura

El Decreto Supremo N° 44 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, vigente desde febrero de 2025, reordenó las obligaciones preventivas que antes estaban dispersas en distintos reglamentos, entre ellos el antiguo DS 40.

Qué exige según el tamaño de la empresa

  • Todas las empresas: un encargado de prevención capacitado, sin importar la dotación.
  • Entre 10 y 25 trabajadores sin comité paritario: un delegado de seguridad y salud en el trabajo, elegido por los propios trabajadores.
  • Más de 25 trabajadores: comité paritario de higiene y seguridad (CPHS), con representantes de la empresa y de los trabajadores.
  • Más de 100 trabajadores: departamento de prevención de riesgos, a cargo de un experto en prevención con la categoría que corresponda al tamaño y riesgo de la empresa.

El curso base obligatorio

El DS 44 exige que todo trabajador reciba un curso base de inducción en seguridad y salud en el trabajo, con un mínimo de horas definido reglamentariamente, independiente del tamaño de la empresa o del cargo.

Qué revisar primero si aún no te has adaptado

Antes de rehacer toda tu documentación, verifica en qué tramo de dotación cae tu empresa: eso determina qué estructura preventiva es obligatoria y cuál todavía no aplica. Varias PyMEs montan un departamento de prevención completo cuando, por su dotación, les basta con un delegado.

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